¿Qué es? ¿Para qué?
Las presentes ayudas tienen por objeto la regulación de la convocatoria de subvenciones dirigidas a personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, para la contratación de personas desempleadas de la comarca de Beterri Buruntza (Hernani, Andoain, Lasarte-Oria, Astigarraga, Urnieta y Usurbil), con el fin de facilitar itinerarios de inclusión social y laboral y de fomentar la generación de empleo.
Se trata de subvenciones a fondo perdido dirigidas a personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, con sede social o centro de trabajo en Gipuzkoa para la contratación de personas desempleadas de la comarca que participen en los recursos sociolaborales que la Mancomunidad Beterri Buruntza, en el marco de la estrategia «Elkar-Ekin», ponga en marcha en la comarca. En líneas generales, el objetivo es mejorar las perspectivas de contratación de las personas desempleadas de Beterri Buruntza que estén en situación o riesgo de exclusión.
¿Quién lo puede solicitar?
Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, beneficiarias deberán cumplir los requisitos siguientes:
- Ser una persona física o jurídica, de naturaleza privada, independientemente de la forma jurídica, con sede social y/o centro de trabajo en Gipuzkoa.
- No depender de ninguna administración, entidad u organismo público y no estar bajo su control, mediante sociedades, con una participación del 50% o superior.
- No ser una empresa de trabajo temporal.
- Tener al día las obligaciones fiscales ante la hacienda foral, la Seguridad Social y los ayuntamientos que conforman la Mancomunidad Beterri Buruntza (Hernani, Andoain, Lasarte-Oria, Astigarraga, Urnieta o Usurbil).
- Estar dada de alta en el impuesto sobre actividades económicas y cumplir con las obligaciones de pago que de ella se derivan, si la empresa realiza actividades sometidas a dicho impuesto. En caso de estar exenta de pago, este extremo se acreditará mediante declaración responsable.
- No estar excluida de subvenciones públicas como consecuencia de infracciones.
- Formalizar la contratación objeto de la ayuda antes del 30 de septiembre de 2024.
- Aplicar el convenio laboral que corresponda a la actividad empresarial de la contratación objeto de la ayuda.
- No contar con sanciones por discriminación por razón de sexo.
- En caso de ser una empresa de más de 50 trabajadores, contar con un plan de igualdad de hombres y mujeres.
- Comunicar sin demora a esta administración cualquier cambio o incidencia que pudiera surgir con posterioridad a la contratación.
- Cualquier otra condición que pudiera establecerse.
Las personas contratadas deberán cumplir los requisitos siguientes:
- Estar empadronado/a y tener el padrón actualizado en alguno de los municipios de la comarca Beterri Buruntza (Hernani, Andoain, Lasarte-Oria, Astigarraga, Urnieta o Usurbil) con anterioridad a la contratación.
- Encontrarse en situación de desempleo e inscrito/a como solicitantes de empleo en el momento de la contratación. Si la persona trabajadora pasa de una situación administrativa irregular a contar con un permiso de trabajo, será suficiente con presentar el alta en la Seguridad Social.
- No tener relación de consanguinidad, parentesco o parentesco por afinidad, hasta segundo grado, con los propietarios de la empresa, las personas que ostentan el control de la empresa, el personal directivo y, según proceda, con los miembros del Consejo de Administración, ni tampoco con sus sucesores y demás parientes. Este extremo se acreditará mediante declaración responsable de la empresa. (Anexo I).
- No haber tenido relación laboral alguna con la empresa en los 3 meses anteriores a la firma del contrato.
- Ser una persona desempleada de la comarca que participa en los programas de inclusión social y laboral de la estrategia Elkar Ekin.
Los contratos deberán cumplir las características siguientes:
- El contrato será de duración indefinida y podrá formalizarse mediante cualquier modalidad de contratación, salvo el contrato para la formación y el aprendizaje.
- Los contratos serán a jornada completa o con una jornada mínima del 50%.
- Podrán optar a estas ayudas aquellas contrataciones formalizadas entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
- La Mancomunidad Beterri Buruntza comprobará y garantizará que los contratos indefinidos permanezcan sin cambios durante al menos 6 meses.
- Cada empresa beneficiaria podrá recibir más de una ayuda.
Documentación a aportar
Junto al impreso de solicitud se adjuntará:
- Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal, junto con el DNI y el poder de representación de la persona que firma la solicitud.
- Copia del contrato de trabajo, indicando duración y jornada.
- Certificado de vida laboral de la persona objeto de la contratación, emitido por la Seguridad Social.
- Documentación acreditativa de que la persona contratada se encuentra inscrita en el Servicio Vasco de Empleo, siempre que:
- Se trate de un solicitante de empleo en situación de desempleo.
- Se trate de un receptor o beneficiario de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), según proceda.
- Se trate de una persona desempleada de larga duración, según proceda.
- Copia del DNI/NIE de la persona objeto de la contratación.
- Declaración jurada que acredite la ausencia de relación de consanguinidad, parentesco o parentesco por afinidad, hasta segundo grado, de la persona contratada con los propietarios de la empresa, las personas que ostentan el control de la empresa, el personal directivo y, según proceda, con los miembros del Consejo de Administración, ni tampoco con sus sucesores y demás parientes.
- Las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, de más de 50 trabajadores deberán acreditar que cuentan con un plan para la igualdad de hombres y mujeres en vigor.
- Dirigido a los solicitantes de la subvención indicada en el apartado 8.1 (itinerarios de inclusión laboral): Acreditación de que la persona contratada ha participado en el certificado de profesionalidad o formación para el empleo, con una evaluación favorable, durante 2023/2024.
- Dirigido a los solicitantes de la subvención indicada en el apartado 8.2 (en colaboración con agentes sociales): Acreditación de que la persona contratada es una persona propuesta para la contratación por parte de los agentes sociales de la estrategia «Elkar-ekin» en Beterri Buruntza y que participa en sus procesos de inserción laboral.
¿Dónde/Cómo solicitar?
Presencialmente:
- En el registro de la Mancomunidad Beterri Buruntza sito en la dirección Polígono Akarregi 10, oficinas 203-204. Hernani. Gipuzkoa. 20120.
- En los registros de entrada de la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Gobierno Vasco, de conformidad con el convenio firmado con ambas administraciones.
- En oficinas de Correos, de conformidad con lo previsto en el art. 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mediante registro electrónico:
¿Cuánto cuesta?
No tiene coste alguno
Plazo de tramitación o resolución
El plazo para la presentación de solicitudes empezará al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOG y finalizará el 15 de octubre de 2024.
Las resoluciones se emitirán en dos partes:
- Primera resolución: Para las solicitudes presentadas y contrataciones formalizadas antes del 31 de diciembre de 2023.
- Segunda resolución: Para las solicitudes presentadas y contrataciones formalizadas antes del 15 de octubre de 2024.
Carácter del silencio administrativo: Negativo
Normativa aplicable
- Las bases reguladoras de la subvención
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE de 18/11/2003).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Procedimiento a seguir tras la solicitud
Las solicitudes se evaluarán y resolverán por orden de registro, hasta la finalización de los recursos destinados a la ayuda (80.000€), tal y como se indica en el apartado 4 de las presentes bases.
Una vez agotados los fondos previstos, las solicitudes que no hayan recibido ayuda pasarán a formar parte de una lista de espera.
Si alguno de los beneficiarios de la subvención no cumpliese las condiciones establecidas y la subvención quedase suspendida, esa subvención se concederá al primero de la lista de espera, siempre que exista provisión presupuestaria.
Las solicitudes que no cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases quedarán excluidas del proceso.
¿Quién lo aprueba?
La Presidencia
Protección de datos de carácter personal
Cesiones previstas: No se realizan
El/la firmante consiente que sus datos personales sean objeto de tratamiento, así como su cesión, si está previsto.
Se pueden ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición ante la Mancomunidad.