1. Objetivo del Reglamento
La Mancomunidad Beterri-Buruntza regula, a través de este reglamento, la concesión de subvenciones para:
- Impulsar el desarrollo socioeconómico de los municipios integrantes.
- Mejorar el bienestar de la ciudadanía.
- Garantizar una gestión eficiente, transparente y equitativa de los recursos públicos.
2. Tipos de subvenciones reguladas
Por su forma de concesión:
- Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva: Se otorgan tras evaluar todas las solicitudes según criterios objetivos.
- Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva: Se conceden a quienes cumplen los requisitos establecidos sin necesidad de compararse con otras solicitudes.
- Subvenciones directas: Se conceden sin convocatoria pública en casos excepcionales (nombradas en el presupuesto, impuestas por norma legal o justificadas por interés público).
Por su finalidad:
- Desarrollo económico y empresarial.
- Apoyo al empleo y formación.
- Proyectos de sostenibilidad y turismo.
- Cuidado y atención social.
3. Procedimiento de solicitud y resolución
Solicitud:
- Se debe presentar en plazo con la documentación requerida.
- Se verifican los requisitos mediante registros administrativos.
- Si hay errores, se concede un plazo para subsanación.
Resolución:
- La decisión corresponde a la Presidencia de la Mancomunidad o su órgano delegado.
- Plazo máximo de resolución: 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
- Si no hay respuesta en ese tiempo, se entiende desestimada.
4. Justificación y control de las subvenciones
Condiciones de uso:
- Las ayudas deben destinarse exclusivamente a la finalidad para la que fueron concedidas.
- El importe no puede superar el costo total del proyecto.
- Se debe justificar documentalmente la ejecución del gasto.
Control y sanciones:
- Se establecen auditorías y controles de cumplimiento.
- En caso de fraude o incumplimiento, se exige la devolución de fondos.
- La Mancomunidad puede revocar la subvención si se detectan irregularidades.